Ecuador se encuentra inmerso en la elaboración de una ley a nivel nacional de ordenación territorial. Este plan de ordenamiento territorial servirá de directriz para los planes a nivel regional y provincial.
El borrador de la ley vio la luz en abril, no exento de polémica. Sus detractores dicen que se ampararán en el articulo 424 de la constitución ecuatoriana para no cumplirla, puesto que esta ley se inmiscuye en los planes elaborados y aprobados, hasta ahora, por los concejos.
Se estima que en todo el país hay unas 720000 viviendas en asentamientos ilegales. Lo que se quiere evitar es que esto siga sucediendo puesto que estos asentamientos se sitúan en zonas de riesgo, carecen de servicios básicos y no existe una unión real con el resto de la ciudad y en el caso de suelos agrícolas la construcción en ellos produce un fraccionamiento de los mismos, nada favorable.
Con la Ley de Ordenamiento Territorial y Gestión del Suelo, el gobierno central ecuatoriano quiere combatir la especulación con el suelo y que el crecimiento urbano sea ordenado y similar en todo el territorio. Con esta norma lo que se pretende no es interferir con las competencias de las municipalidades, sino establecer una línea de trabajo general, clara y homologada de planificación urbana. En el proyecto se establece que los usos del suelo en cada jurisdicción cantonal los seguirán determinando los gobiernos locales. Además, con la creación de la superintendencia se controlará que los cabildos cumplan con los planes de desarrollo urbano, que ellos mismos impulsan.
Tanto el presidente, Rafael Correa, como el ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, Diego Aulestia, responden a los detractores diciendo que la ley no atenta contra su autonomía, si no que simplemente les dará las herramientas necesarias para una mejor planificación urbana.
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hublot replica uk (viernes, 21 noviembre 2014 09:13)
si no que simplemente les dará las herramientas necesarias para una mejor planificación urbana.
Antonio (domingo, 23 noviembre 2014 10:05)
No entiendo la polémica de que la Ley va en contra de la autonomia. Los planes de ordenamiento territorial afectan a múltiples competencias de distintos niveles políticos-administrativos de gobierno y se han de salvaguardar dichas competencias, por lo que debe haber un órgano de control y de participación de esas instancias para hacer valer sus competencias. El órgano que aprueba el plan, ya sea el cantón o la provincia debe considerar esos informes antes de la aprobación y si aprueba en contra de ellos, las administraciones que vean conculcadas sus competencias deberán recurrir a los tribunales.La instancia no es de control sino de salvaguarda de competencias y me parece que es bueno tener esa instancia, para que el órgano que aprueba sepa cuales son los planteamientos de las otras instancias, para que puedan reconsiderar su propuesta. Es mejor pasar por esa instancia y saber a que atenerse que aprobar y ver como el plan se para en los tribunales